epilepsia y vida laboral

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La calidad de vida de las personas con epilepsia bien controlada puede ser prácticamente igual que la del resto de la población. Tal vez en el ámbito laboral es donde nos encontramos más obstáculos, ya que, incluso la legislación tiene en cuenta ciertos factores determinantes de esta enfermedad.

Para ayudarnos a comprender y defender los derechos laborales de las personas con epilepsia, desde el blog de Vivir con Epilepsia hemos elaborado la Guía ‘Vivir con Epilepsia. Epilepsia, vida laboral y conducción’. Médicos especialistas han elaborado y revisado todo el contenido de este manual que tiene tres focos principales

1. Trabajo e integración social.

2. Discapacidad en epilepsia.

3. Legislación relativa al carné de conducir.

Debemos conocer nuestras posibilidades

En general, una crisis epiléptica se desencadena por un exceso de actividad eléctrica de un grupo de neuronas o células cerebrales hiperexcitables. Este trastorno puede afectar a funciones como el movimiento o el comportamiento, así como al nivel de conciencia.

Las crisis suelen durar apenas unos segundos o unos minutos, y después el cerebro vuelve a funcionar con normalidad. El tipo de convulsión depende de la parte del cerebro afectada y la causa de la epilepsia.

Las crisis epilépticas y las alteraciones súbitas del estado de conciencia pueden suponer un riesgo para la seguridad laboral y vial tanto para el paciente como para las demás personas de su entorno. Por ello, es imprescindible conocer nuestras posibilidades, y también nuestros límites.

Profesiones no permitidas y no aconsejadas

Como es lógico, todos no estamos capacitados para realizar cualquier profesión. En el caso de la epilepsia, hay una serie de puestos o profesiones no permitidas, como aquellas que requieren el empleo de armas de fuego.

También existe una serie de profesiones “desaconsejadas”, como las que conllevan el manejo de maquinaria o sustancias peligrosas, por ejemplo. En general, también se recomienda evitar el turno de noche o turnos rotatorios.

Formación para evitar discriminaciones

En la práctica, informar en una entrevista laboral de que tenemos epilepsia puede ser contraproducente a la hora de buscar trabajo. En otras ocasiones puede ocurrir que la propia persona afectada prefiera no decirlo, para evitar ese estigma social que se produce por el desconocimiento de la enfermedad.

En todo caso, la discriminación laboral puede evitarse precisamente con una buena información, como indica la Guía ‘Epilepsia, vida laboral y conducción’. Los especialistas observan el estigma social asociado a la epilepsia que se debe combatir para facilitar la total integración en la sociedad de las personas con este trastorno neurológico.

Por ello, la Guía también es muy útil para que el resto de la población pueda facilitar la adaptación social y laboral de las personas con epilepsia. El trabajo ofrece la posibilidad de integrarse en la sociedad y desarrollarse como persona.

Posibles efectos secundarios del tratamiento

Ante la posibilidad de comenzar un nuevo trabajo, es recomendable preguntar a nuestro especialista si puede haber algún tipo de contraindicación respecto al tratamiento farmacológico.

Asimismo, debemos preguntarle si un trabajo en concreto puede provocarnos un aumento del número o intensidad de las crisis. Algunos aspectos que debemos tener en cuenta son los horarios, el lugar de trabajo, el número de horas frente a una pantalla de ordenador, tablet, móvil, etc. También tendremos que valorar la intensidad o el posible estrés laboral, etc.

Otras cuestiones fundamentales que trata la Guía ‘Epilepsia, vida laboral y conducción’ son:

  • Absentismo laboral: consultas médicas, ingresos y bajas laborales.
  • Posibles efectos adversos del tratamiento antiepiléptico.
  • Discapacidad neurológica psiquiátrica.

Uso responsable del carné de conducir

La Guía de Vivir con Epilepsia contribuye también al uso responsable del permiso de conducir. La persona con epilepsia debe estar bien informada acerca de su enfermedad y del tipo de crisis que padece. Asimismo, es fundamental que conozca la legislación vigente relacionada con la conducción y la epilepsia.

La legislación actual está recogida en el Boletín Oficial de Estado (BOE) del 10 de septiembre de 2010. Para vehículos del grupo 1, las personas con epilepsia con crisis convulsivas o con pérdida de conciencia deben aportar un informe por parte del neurólogo. La conducción no está permitida en el caso de haber tenido alguna crisis de este tipo durante el último año.

Los especialistas recomiendan informar a las autoridades competentes de la enfermedad, especialmente para evitar problemas con los seguros en caso de accidente o cualquier otro tipo de altercado.

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