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¿Un paciente con epilepsia puede conducir con normalidad?

La conducción en personas con epilepsia es una cuestión que genera preocupación tanto en los pacientes como en su entorno. Diversos estudios han analizado la relación entre epilepsia, control de las crisis y riesgo de accidentes de tráfico.

Epilepsia y conducción: qué dice la normativa y la evidencia científica

Hace más de una década, el informe de la Unión Europea “Epilepsia y conducción en Europa” concluyó que las personas que mantienen la epilepsia bien controlada presentan un bajo riesgo de siniestralidad. Además, el estudio señaló que existe una relación directa entre dicho riesgo y la probabilidad de sufrir un accidente de tráfico en el año siguiente.

No obstante, la evidencia científica también ha identificado un riesgo potencial al conducir en determinados casos, especialmente en personas con pérdidas de consciencia, crisis convulsivas activas o que se encuentran en tratamiento con ciertos fármacos antiepilépticos que pueden afectar a la capacidad de conducción.

En España, la normativa vigente se regula mediante una orden ministerial de 2010, que permite a los pacientes con epilepsia conducir de forma segura en función del tipo de crisis y de la frecuencia de las mismas.

Para la expedición o renovación del carnet de conducir, es necesario acreditar que la persona ha permanecido libre de crisis epilépticas o convulsivas durante al menos un año. Esta condición debe certificarse mediante un informe favorable del neurólogo, presentado en el centro de reconocimiento médico el día de la evaluación.